JUZGADOS

El Ayuntamiento de Torrox indemnizará con 4,7 millones de euros a un recaudador despedido hace 30 años

Oscar Medina, alcalde de Torrox
El culebrón judicial comenzó en febrero de 1990, cuando el Pleno aprobó prescindir de sus servicios sin concederle tres meses de preaviso como estipulaba el contrato. "Ni como alcalde ni como abogado puedo entender una pifia como el caso Barragán", ha declarado Oscar Medina.

El alcalde de Torrox, Óscar Medina, ha comparecido hoy en rueda de prensa para explicar de manera pormenorizada el desarrollo de este proceso judicial que durante 30 años ha mantenido "en jaque" las cuentas del consistorio siendo embargadas diversas parcelas de propiedad municipal "y por el que, por lo menos, los partidos que han estado al frente del Ayuntamiento durante este periodo como PSOE e IU deberían sonrojarse y pedir perdón", ha señalado Medina.

El expediente jurídico que comenzó el siglo pasado se ha cerrado después de que fueran aceptadas, en parte, las alegaciones presentadas por el actual alcalde en diciembre de 2016 y los tribunales redujeran hasta los 4,5 millones la indemnización restante, después de que a principios de los 90 ya percibiera el demandante 1,2 millones, en varios pagos.

Medina ha indicado que el Ayuntamiento apuró una última negociación entre las partes, acordándose definitivamente un segundo y último pago por la cantidad de 3,5 millones de euros, que se hará realidad en un plazo máximo de seis meses, "para dar carpetazo al asunto y permitiendo así, que al menos, el Cosnsitorio se haya ahorrado unos 7 millones de euros sobre la cantidad exigida por el recaudador", ha añadido el regidor.

"Ni como alcalde ni como abogado puedo entender una pifia como el caso Barragán"

"No solo la decisión de proceder al despedido sin el preaviso, sino todo el proceso judicial durante estos 30 años ha estado cargado de despropósitos que han dejado indefensos los intereses de los vecinos de Torrox", ha declarado el alcalde. "Ni como alcalde ni como abogado puedo entender una pifia como el caso Barragán".

"Actas notariales inexplicables, incomparecencias no justificadas en salas o autos incomprensiblemente no recurridos por el Ayuntamiento", han sido algunas de las "negligencias" enumeradas por Medina a lo largo del proceso durante el cual el trabajador llegó a pedir ser indemnizado por un montante total de más de 12 millones de euros.

El último paso para cerrar el caso Barragán

Finalmente, el  Alcalde, Óscar Medina (PP) y el que fuera recaudador de la Villa, Antonio Barragán, hicieron efectivo este miércoles 26 de mayo un acuerdo de liquidación de la indemnización. A sus casi 80 años, el recaudador habrá recibido en total 4,7 millones de euros, mientras que el Ayuntamiento da por finalizada una de sus páginas de mayor controversia "por las constantes negligencias cometidas por el Ayuntamiento en defensa de los intereses de nuestros vecinos durante todo el proceso", afirma Medina, abogado de profesión.

Sólo le queda al ayuntamiento el trámite plenario de la aprobación del ajuste presupuestario que permita pagar del remantente de tesorería los 3,5 millones de euros pendientes, que deberán formalizarse en un plazo de seis meses.

El despido de Antonio Barragán

Todo comenzó en la sesión plenaria del 2 de febrero de 1990, cuando la corporación presidida entonces por el socialista Ildefonso Mateos, acusó al recaudador Antonio Barragán de abandono de sus funciones en las cuentas entre 1988 y 1989 y acordó prescindir de sus servicios sin concederle los tres meses de preaviso estipulados en el contrato firmado entre ambas partes.

Poco más de un año después de aquella decisión plenaria, el 10 de mayo de 1991, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó sentencia en favor del recaudador, obligando al Ayuntamiento a reponerlo en el puesto, así como a indemnizarle con la cantidad que había dejado de percibir desde que fue restituido. De manera incomprensible, aunque el consistorio presentó apelación, la misma fue declarada desierta al no comparecer de forma correcta en la sala.

Tras varios recursos y apelaciones, en mayo de 1.998, el Tribunal acordó fijar definitivamente como indemnización a favor de Barragán la suma de 1,2 millones de euros (198 millones de las pesetas de entonces), de los ejercicios comprendidos entre el año 1990 y 1997, a razón del 5% de premio de cobranza del total cobrado en periodo voluntario y un 10% en periodo ejecutivo de las cantidades recaudadas por el Patronato de Recaudación Provincial, institución que desde el despido venía realizando el servicio recaudatorio en el municipio.

En cumplimiento de esta sentencia, un mes después de la resolución el Ayuntamiento de Torrox, y siendo entonces alcalde José Pérez (IU) documentó con acta notarial la reposición en su cargo de Barragán, lo que el recaudador negó en todo momento. Se inicia así un eterno procedimiento judicial en el que el Ayuntamiento, aún llegando a abonar 1,2 millones de indemnización e intereses, no daba cumplimento a la segunda parte de la sentencia; la reposición de Barragán en el puesto de trabajo.

En este sentido, el Consistorio optó por cambiar la estrategia con recursos de súplica y de casación alegando la imposibilidad de readmitirlo por ser un servicio que ya venía prestando el Patronato de Recaudación provincial. Pero los argumentos defendidos ahora por el consistorio no fueron atendidos por el Tribunal, que consideró que se trataba de una petición contradictoria con la petición previa de que se declarase al recaudador repuesto en el cargo en base al acta notarial y, además, la calificara de ‘extemporánea’.

Así, en octubre de 2016, Barragán presentó escrito en el que cifraba en diez millones de euros la cantidad que aún le quedaría pendiente de percibir. El Ayuntamiento, ya presidido por Òscar Medina (PP), presentó varios escritos de oposición alegando que, en todo caso, el periodo para calcular la indemnización debería finalizar en 2008, fecha en la que se jubiló el recaudador. El escrito fue estimado parcialmente y se fijó la indemnización pendiente en 4.590.068 euros, correspondientes a los importes de las recaudaciones del periodo comprendido desde lo ya abonado en 1997 hasta el año de su jubilación en 2008.

Aunque Medina ha seguido manteniendo la batalla en los juzgados hasta el último momento, el Tribunal no ha admitido sus nuevos recursos y finalmente ambas partes han acordado un segundo y último pago de 3,5 millones de euros para zanjar el conflicto.